Tus derechos económicos tras un accidente laboral
Lo primero: un accidente laboral te da derechos económicos más amplios que una baja por enfermedad común. No son lo mismo, y es importante que lo sepas desde el primer momento.
En accidente laboral cobras el 75 % de tu base reguladora desde el día siguiente al accidente (no hay los 3 días sin cobrar de la baja común). Además, el tratamiento médico es 100 % gratuito a cargo de la mutua de accidentes, no de la Seguridad Social ordinaria.
La mutua de tu empresa se encarga de la asistencia sanitaria y del pago de la prestación. Si algo no funciona o te ponen trabas, tienes derecho a reclamar.
Cuánto cobras y durante cuánto tiempo
El desglose de la prestación por accidente laboral:
- Día del accidente: lo paga la empresa al 100 %.
- Del día 2 al 365: 75 % de la base reguladora. Lo paga la mutua (aunque la empresa puede complementar al 100 % si el convenio lo contempla).
- Si la baja se prolonga más de 12 meses: puede prorrogarse hasta 18 meses. Después, el INSS evalúa si hay incapacidad permanente.
Ojo: el 75 % es de tu base reguladora, que suele ser similar a tu sueldo bruto. En neto, la diferencia puede ser menor de lo que piensas porque la prestación tiene una retención de IRPF menor.
Revisa tu convenio colectivo. Muchos convenios obligan a la empresa a complementar la prestación hasta el 100 % del salario durante los primeros 6-12 meses de baja por accidente laboral.
Si el accidente causa incapacidad permanente
Si las secuelas del accidente no te permiten volver a trabajar como antes, se evalúa una incapacidad permanente:
- Parcial: puedes seguir trabajando pero con limitaciones. Indemnización de 24 mensualidades de tu base reguladora (un pago único).
- Total: no puedes realizar tu trabajo habitual, pero sí otro diferente. Pensión del 55 % de tu base reguladora (75 % si tienes más de 55 años).
- Absoluta: no puedes realizar ningún trabajo. Pensión del 100 % de tu base reguladora.
- Gran invalidez: necesitas ayuda de otra persona. Pensión del 100 % más un complemento del 45-90 %.
Miguel, operario de fábrica con una base de 2.200 €, tuvo un accidente que le dejó una incapacidad permanente total. Cobra una pensión de 1.210 €/mes (55 %) y puede trabajar en otro oficio compatible. Si consigue un empleo administrativo a 1.400 €, puede compatibilizar ambos ingresos.
Protege tus finanzas durante la recuperación
La baja puede durar meses. Prepárate financieramente:
- Revisa tu nómina de baja: asegúrate de que te están pagando correctamente el 75 % y los complementos del convenio.
- Ajusta el presupuesto: durante la baja puedes tener gastos extra (desplazamientos a la mutua, medicamentos, adaptaciones) y menos ingresos.
- No firmes nada que la mutua o la empresa te ofrezcan sin consultarlo con un abogado laboralista. Especialmente "altas voluntarias" o acuerdos de indemnización.
- Demanda por daños si hay responsabilidad: si el accidente fue por negligencia de la empresa (falta de medidas de seguridad), puedes reclamar una indemnización adicional.
Reorganiza tu presupuesto con la calculadora de presupuesto y evalúa tu situación global con la herramienta de salud financiera.