Qué impuestos paga un jubilado
Muchos jubilados creen que al dejar de trabajar dejan de pagar impuestos. Ojalá. La realidad es que sigues tributando por:
- La pensión: tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF. Ya tiene retención mensual, pero puede que tengas que pagar más en la declaración anual.
- Planes de pensiones: al rescatarlos, tributan como rendimiento del trabajo al tipo marginal. Si cobras mucho de golpe, puedes pagar hasta un 47 %.
- Rentas de alquiler: tributan en la base general del IRPF, con reducción del 50-60 % si el inquilino lo usa como vivienda habitual.
- Ganancias patrimoniales: si vendes fondos, acciones o inmuebles con beneficio, tributan al 19-28 %.
El 38 % de los jubilados españoles no revisa su borrador y acepta lo que Hacienda les propone. Error: el borrador no incluye muchas deducciones autonómicas y puede contener errores en tus datos.
El gran error: rescatar el plan de pensiones de golpe
Este es el error fiscal más caro que cometen los jubilados. Rescatar todo el plan de una vez significa sumar esa cantidad a tu pensión anual, y el IRPF es progresivo: cuanto más ganas, más porcentaje pagas.
Antonio cobra 18.000 €/año de pensión y tiene 80.000 € en su plan de pensiones. Si lo rescata de golpe, su base imponible sube a 98.000 € y paga un tipo marginal del 45 % sobre la mayor parte del rescate. Factura fiscal: 28.000 €. Si lo rescata en renta de 5.000 €/año durante 16 años, su tipo marginal se mantiene bajo. Factura fiscal total: 16.000 €. Ahorro: 12.000 €.
Consulta con un asesor fiscal antes de rescatar tu plan de pensiones. La forma de rescate puede ahorrarte miles de euros. Usa la calculadora de jubilación para planificar los rescates.
Deducciones y ventajas fiscales para mayores de 65
Hay ventajas fiscales específicas para jubilados que debes conocer:
- Exención por venta de vivienda habitual: si tienes más de 65 años, la ganancia patrimonial por vender tu vivienda habitual está 100 % exenta de IRPF. Es una de las mejores ventajas fiscales que existen.
- Rentas vitalicias exentas: si vendes cualquier bien y reinviertes el beneficio en una renta vitalicia asegurada (máximo 240.000 €), la ganancia queda exenta. Tienes 6 meses para reinvertir.
- Mínimo personal incrementado: a partir de 65 años, tu mínimo personal sube de 5.550 € a 6.700 €. A partir de 75 años, a 8.100 €.
- Exención de plusvalía municipal: si vendes tu vivienda habitual y reinviertes en otra, puedes estar exento de la plusvalía municipal.
La jubilación es el momento de la vida en que la planificación fiscal da más frutos. Cada decisión (cómo rescatar el plan, cuándo vender un inmueble, cómo estructurar tus ingresos) puede ahorrarte miles de euros. Consulta siempre con un asesor.